Por: CapitalPyme. Asesoría en Santiago de Compostela.
Con el objetivo de impulsar el autoempleo y el emprendimiento, en el año 2013 se aprobó una importante reducción de la cuota de autónomos, inicialmente dirigida a menores de 30 años, y posteriormente ampliada a mayores de 30.
En 2015 se hicieron mejoras, pero no se llegaron a incluir todas las que habían sido solicitadas desde las asociaciones de profesionales autónomos.
Para el año 2016, la base mínima de cotización para los autónomos es de 893,10€ a la cual le corresponde una cuota mensual de 267,03€.
Si el autónomo se acoge a esta denominada «tarifa plana de 50 euros», en lugar de 267,03€, pagará 50€ durante los primeros 6 meses. Esta cantidad se irá incrementando a lo largo de los meses hasta alcanzar la cuota normal.
Real Decreto Ley, 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor, estímulo del crecimiento y la creación de empleo para menores de 30 años. (ver)
Real Decreto Ley 14/2013 de 27 de Septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización para mayores de 30 años. (ver)
Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social. (ver)
Para poder acceder a las bonificaciones de la tarifa plana se establecen los siguientes requisitos:
Las bonificaciones de la tarifa plana para autónomos dependen tanto de la edad como del género:
Las siguientes tablas detallan los porcentajes de bonificación, las cuotas mensuales resultantes y el consiguiente ahorro que supone cada mes (Todos los importes están calculados para la base mínima de cotización)
MESES | BONIFICACIÓN | CUOTA MENSUAL | AHORRO |
---|---|---|---|
Primeros 6 meses | Más del 80% | 50€ | 217,03€ |
Del mes 7 al 12 | 50% | 133,52€ | 133,51€ |
Del mes 13 al 30 | 30% | 186,92€ | 80,11€ |
Del mes 30 en adelante | – | 267,03€ | – |
MESES | BONIFICACIÓN | CUOTA MENSUAL | AHORRO |
---|---|---|---|
Primeros 6 meses | Más del 80% | 50€ | 217,03€ |
Del mes 7 al 12 | 50% | 133,52€ | 133,51€ |
Del mes 13 al 18 | 30% | 186,92€ | 80,11€ |
Del mes 19 en adelante | – | 267,03€ | – |
Pero también es posible acceder a la tarifa plana cuando se opte por una base de cotización mayor, pudiendo ésta llegar hasta los 3.642€ que es la base máxima para el ejercicio 2016. En estos casos sólo se le aplicarán las reducciones a la base mínima, mientras que el resto de la base de cotización no tiene derecho a bonificación y por lo tanto cotizará por el tipo nominal normal.
La solicitud para acogerse a la tarifa plana de autónomos ha de realizarse en el momento de inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Más información en el post Cómo darse de alta en autónomos.